Inicio Convocatoria Calentadores Solares

Programa de Calentadores Solares
Ejercicio fiscal 2020

AVISO IMPORTANTE:

Para poder solicitar un apoyo consistente en un calentador solar de agua a través de la convocatoria, deberás enviar por correo electrónico a smaot.csa@guanajuato.gob.mx los siguientes 5 cinco documentos en formato PDF:

  1. Formato de Solicitud de Apoyo FO-CSA-01 (Suscrito por la persona solicitante)
  2. Identificación oficial
  3. CURP
  4. Comprobante de domicilio (Antigüedad no mayor a 3 meses)
  5. Evidencia fotográfica (Preferentemente a color, que demuestre el cumplimiento de las condiciones mínimas)

Para conocer todos los detalles, deberás consultar la siguiente información.


ANTECEDENTES:

Primero. La Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial es la dependencia de Gobierno del Estado de Guanajuato encargada de propiciar el desarrollo sustentable, la preservación y restauración del equilibrio ecológico así como regular las acciones tendientes a proteger el medio ambiente, y entre sus atribuciones le compete conducir la política estatal de atención al cambio climático.

Segundo. Conforme a lo establecido en las fracciones XII, XVII inciso f), XIX, XXII y XXVIII del artículo 6 de la Ley de Cambio Climático para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, le corresponde a la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial la implementación de acciones de mitigación del cambio climático.

Tercero. El Programa de Gobierno 2018-2024 Unidos construimos un gran futuro para Guanajuato, así como el documento citado anexo, establece en su Eje 5 Desarrollo Ordenado y Sostenible, Fin Gubernamental 5.1 Asegurar el futuro medio ambiental de las siguientes generaciones, Objetivo 5.1.2 Reducir la vulnerabilidad y mitigar el cambio climático, Estrategia 1 Contribuir a la mitigación de las causas del cambio climático, como acciones principales continuar el programa de calentadores solares de agua para comunidades en condición de vulnerabilidad.

Cuarto. En fecha 31 diciembre de 2019, se publicaron las reglas de operación del Programa de Calentadores Solares, Ejercicio Fiscal 2020, el cual tiene por objetivo general contribuir a mitigar emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero, a través de la dotación y puesta en marcha de calentadores solares en las viviendas de la población en condición de vulnerabilidad que habitan en zonas vulnerables y que preferentemente se encuentren clasificadas como Zonas Impulso Social del estado de Guanajuato.

Quinto. En la fracción II del artículo 19 de las reglas de operación del Programa de Calentadores Solares, Ejercicio Fiscal 2020; se establece que uno de los procedimientos para la entrega de apoyos será a través de una convocatoria abierta, a todos aquellos solicitantes que den cumplimiento a lo establecido en el artículo 16 de las referidas reglas.

Sexto. En la primera sesión ordinaria del Comité Técnico de Evaluación y Dictaminación del Programa de Calentadores Solares, Ejercicio Fiscal 2020; se aprobó el contenido de la convocatoria abierta para otorgar hasta 100 apoyos.

Séptimo. Conscientes de la importancia de prevenir afectaciones a la ciudadanía derivadas del COVID-19, la atención de las solicitudes de los apoyos del Programa se realizará por medios electrónicos, observando las medidas definidas por las autoridades sanitarias competentes.

Octavo. Para dar cumplimiento a los objetivos del Programa de Calentadores Solares, Ejercicio Fiscal 2020, es necesario emitir la presente convocatoria.


I. Descripción y cantidad de apoyos:

Los apoyos del programa son en especie y consisten en el suministro e instalación de un calentador solar de agua por vivienda, así como capacitación a la persona beneficiaria para su uso y mantenimiento.

Dicha convocatoria contempla la entrega de hasta 100 apoyos.


II. Requisitos para personas solicitantes:

  • Vivir dentro del estado de Guanajuato, en condiciones de vulnerabilidad y preferentemente dentro de zonas impulso social. (Para conocer las zonas impulso social en el Estado, consulta https://peis.guanajuato.gob.mx/)
  • Utilizar combustibles fósiles, biomasa u otras fuentes de energía lesivas al medio ambiente para calentar agua a nivel doméstico
  • Ser mayor de edad
  • No contar con un calentador solar de agua en la vivienda donde habita, independientemente de cómo haya sido adquirido
  • Los ingresos económicos en la vivienda, debe encontrarse en el límite o por debajo de la línea de pobreza por ingresos establecida por el CONEVAL (Primero se debe sumar el ingreso mensual de todos los habitantes de la vivienda. El monto obtenido se divide entre el total de habitantes declarados en la vivienda. Se considera que la solicitud cumple con el requisito establecido en la fracción VI del art. 16 de las ROP si el resultado se encuentra en el límite o por debajo de la línea de pobreza por ingreso establecida por el CONEVAL. Zona rural $2,071.90 M.N. Zona urbana $3,195.43 M.N. Consulta: https://www.coneval.org.mx/Medicion/MP/Paginas/Lineas-de-bienestar-y-canasta-basica.aspx)
  • La vivienda deberá de cumplir con las condiciones mínimas enlistadas a continuación.
    • Superficie mínima de 2.5 metros de largo por 2.0 metros de ancho
    • Azotea con piso de concreto o vigueta y bovedilla
    • Suministro de agua a través de un tanque elevado (tinaco o similar) en una base sólida, estable y construida en materiales pétreos o herrería, resistente a la intemperie con 1.20 metros de altura (con una tolerancia de 20 centímetros)
    • Línea de agua fría con conector rosca ¾" macho, habilitada a ras de piso en azotea
    • Línea de agua caliente con conector rosca ¾" macho, habilitada a ras de piso en azotea

      Ejemplo de condiciones mínimas requeridas en vivienda:


III. Documentación a entregar:

  1. Formato de Solicitud de Apoyo FO-CSA-01 suscrito por la persona solicitante.
  2. Copia simple de identificación oficial vigente de la persona solicitante, como credencial para votar expedida por autoridad competente, pasaporte, cartilla de servicio militar o cédula profesional. En caso de que exista un informante adecuado declarado en el formato de solicitud de apoyo, deberá entregar una copia simple de identificación oficial vigente
  3. Copia simple de Clave Única de Registro de Población (CURP).
  4. Copia simple de comprobante de domicilio de la persona solicitante, con antigüedad no mayor a tres meses al día de presentar la solicitud, o constancia de residencia emitida por autoridad competente.
  5. Evidencia fotográfica, preferentemente a color, donde se aprecie el cumplimiento de las condiciones mínimas enlistadas en el 6) sexto punto del apartado II Requisitos para personas solicitantes

IMPORTANTE: Los 5 cinco documentos deberán ser enviados por correo electrónico en formato PDF, considerando un archivo por cada documento.


IV. Recepción de solicitudes:

Periodo: 24 a 26 de marzo de 2020
Horario: 9:00 a 15:00 horas
Correo electrónico: smaot.csa@guanajuato.gob.mx

Solo se recibirán vía correo electrónico aquellas solicitudes que den cumplimiento a la totalidad de los requisitos establecidos en la presente convocatoria y en las reglas de operación del Programa.

Se dará prioridad a aquellas solicitudes que sean ingresadas por tipo de hogar monoparental liderado por mujer jefa de familia.


V. Cierre anticipado de convocatoria:

La convocatoria se dará por concluida de manera anticipada antes de que se cumpla el periodo establecido en el numeral IV cuarto, en caso de que se reciban hasta 150 solicitudes. La notificación del cierre anticipado de la convocatoria, se realizará en la página web de la SMAOT.

Se atenderán las primeras solicitudes ingresadas vía correo electrónico, que cumplan con los requisitos establecidos en la presente convocatoria así como en las reglas de operación del Programa. En caso de que alguna de las solicitudes no cumpla, se continuará con la siguiente en orden de envío vía correo electrónico hasta completar el número de apoyos disponibles.


VI. Revisión de expedientes

Concluido el proceso de recepción previsto en esta convocatoria, la SMAOT contará con un periodo comprendido del 27 de marzo al 17 de abril para:

  • Revisar que los expedientes de las solicitudes recibidas se encuentren debidamente integradas y completas.
  • Cargar en la Plataforma para el Registro de Beneficiarios (PREB) de la SMAOT, los expedientes en formato digital de los solicitantes que ingresaron su solicitud.
  • Realizar visitas de verificación a viviendas para validar que la información proporcionada en su solicitud y sus documentos sea correcta.
  • Generar el listado de solicitantes con expedientes completos.
  • Someter a la aprobación del Comité Técnico de Evaluación y Dictaminación las solicitudes que se encuentren completas.

Del periodo comprendido del 17 al 30 de abril, la SMAOT notificará aquellas personas solicitantes:

  • Que su solicitud fue rechazada por agotamiento de los apoyos disponibles o incumplimiento de los requisitos establecidos en las reglas de operación; o
  • Que su solicitud de apoyo quedó aprobada por el Comité Técnico de Evaluación y Dictaminación.

VII. Descalificación de solicitudes:

  1. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente convocatoria así como en las Reglas de Operación por parte de la persona solicitante.
  2. Se identifique que la persona solicitante o la vivienda reportada en su solicitud, fue beneficiada con un apoyo similar con anterioridad, previa consulta al historial de apoyos otorgados por la Secretaría.
  3. Se identifique que la persona solicitante no se encuentra habitando la vivienda, al momento de realizar una visita de verificación o cuando el apoyo vaya a ser suministrado e instalado.
  4. Que la información presentada por el solicitante en su expediente no sea verídica
  5. Se identifique que la solicitud de apoyo fue ingresada a través de una persona diferente a la solicitante o de manera colectiva
  6. Se identifique durante la visita de verificación que la persona solicitante o la vivienda donde habita, cuenta con un calentador solar, independientemente de cómo haya sido adquirido


DATOS DE CONTACTO:

En caso de requerir mayor información sobre la presente convocatoria o aclaración de dudas, se puede comunicar con:

Dirección General de Cambio Climático y Sustentabilidad Energética
Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial
Correo electrónico: smaot.csa@guanajuato.gob.mx
Teléfono de Oficina: 4737352600 Ext 1401 y 1421
Días y horarios de atención: lunes a viernes, 9:00 a 15:00 hrs