Para poder solicitar un apoyo consistente en un calentador solar de agua a través de la convocatoria, deberás enviar por correo electrónico a smaot.csa@guanajuato.gob.mx los siguientes 5 cinco documentos en formato PDF:
Para conocer todos los detalles, deberás consultar la siguiente información.
Primero. La Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial es la dependencia de Gobierno del Estado de Guanajuato encargada de propiciar el desarrollo sustentable, la preservación y restauración del equilibrio ecológico así como regular las acciones tendientes a proteger el medio ambiente, y entre sus atribuciones le compete conducir la política estatal de atención al cambio climático.
Segundo. Conforme a lo establecido en las fracciones XII, XVII inciso f), XIX, XXII y XXVIII del artículo 6 de la Ley de Cambio Climático para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, le corresponde a la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial la implementación de acciones de mitigación del cambio climático.
Tercero. El Programa de Gobierno 2018-2024 Unidos construimos un gran futuro para Guanajuato, así como el documento citado anexo, establece en su Eje 5 Desarrollo Ordenado y Sostenible, Fin Gubernamental 5.1 Asegurar el futuro medio ambiental de las siguientes generaciones, Objetivo 5.1.2 Reducir la vulnerabilidad y mitigar el cambio climático, Estrategia 1 Contribuir a la mitigación de las causas del cambio climático, como acciones principales continuar el programa de calentadores solares de agua para comunidades en condición de vulnerabilidad.
Cuarto. En fecha 31 diciembre de 2019, se publicaron las reglas de operación del Programa de Calentadores Solares, Ejercicio Fiscal 2020, el cual tiene por objetivo general contribuir a mitigar emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero, a través de la dotación y puesta en marcha de calentadores solares en las viviendas de la población en condición de vulnerabilidad que habitan en zonas vulnerables y que preferentemente se encuentren clasificadas como Zonas Impulso Social del estado de Guanajuato.
Quinto. En la fracción II del artículo 19 de las reglas de operación del Programa de Calentadores Solares, Ejercicio Fiscal 2020; se establece que uno de los procedimientos para la entrega de apoyos será a través de una convocatoria abierta, a todos aquellos solicitantes que den cumplimiento a lo establecido en el artículo 16 de las referidas reglas.
Sexto. En la primera sesión ordinaria del Comité Técnico de Evaluación y Dictaminación del Programa de Calentadores Solares, Ejercicio Fiscal 2020; se aprobó el contenido de la convocatoria abierta para otorgar hasta 100 apoyos.
Séptimo. Conscientes de la importancia de prevenir afectaciones a la ciudadanía derivadas del COVID-19, la atención de las solicitudes de los apoyos del Programa se realizará por medios electrónicos, observando las medidas definidas por las autoridades sanitarias competentes.
Octavo. Para dar cumplimiento a los objetivos del Programa de Calentadores Solares, Ejercicio Fiscal 2020, es necesario emitir la presente convocatoria.
Los apoyos del programa son en especie y consisten en el suministro e instalación de un calentador solar de agua por vivienda, así como capacitación a la persona beneficiaria para su uso y mantenimiento.
Dicha convocatoria contempla la entrega de hasta 100 apoyos.
Ejemplo de condiciones mínimas requeridas en vivienda:
IMPORTANTE: Los 5 cinco documentos deberán ser enviados por correo electrónico en formato PDF, considerando un archivo por cada documento.
Periodo: | 24 a 26 de marzo de 2020 |
Horario: | 9:00 a 15:00 horas |
Correo electrónico: | smaot.csa@guanajuato.gob.mx |
Solo se recibirán vía correo electrónico aquellas solicitudes que den cumplimiento a la totalidad de los requisitos establecidos en la presente convocatoria y en las reglas de operación del Programa.
Se dará prioridad a aquellas solicitudes que sean ingresadas por tipo de hogar monoparental liderado por mujer jefa de familia.
La convocatoria se dará por concluida de manera anticipada antes de que se cumpla el periodo establecido en el numeral IV cuarto, en caso de que se reciban hasta 150 solicitudes. La notificación del cierre anticipado de la convocatoria, se realizará en la página web de la SMAOT.
Se atenderán las primeras solicitudes ingresadas vía correo electrónico, que cumplan con los requisitos establecidos en la presente convocatoria así como en las reglas de operación del Programa. En caso de que alguna de las solicitudes no cumpla, se continuará con la siguiente en orden de envío vía correo electrónico hasta completar el número de apoyos disponibles.
Concluido el proceso de recepción previsto en esta convocatoria, la SMAOT contará con un periodo comprendido del 27 de marzo al 17 de abril para:
Del periodo comprendido del 17 al 30 de abril, la SMAOT notificará aquellas personas solicitantes:
Video guía sobre las adecuaciones mínimas requeridas en vivienda
En caso de requerir mayor información sobre la presente convocatoria o aclaración de dudas, se puede comunicar con:
Dirección General de Cambio Climático y Sustentabilidad Energética
Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial
Correo electrónico: smaot.csa@guanajuato.gob.mx
Teléfono de Oficina: 4737352600 Ext 1401 y 1421
Días y horarios de atención: lunes a viernes, 9:00 a 15:00 hrs