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Convocatoria para la elección de los consejeros de la representación Social que integrarán el Consejo Consultivo Ambiental del Estado de Guanajuato

La Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial y la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial del Estado de Guanajuato con fundamento en los artículos 13, fracción XIII y 32 Quáter, fracción I, inciso d) de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 9, 147, 148, 149, 150 y 151 de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato; 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 del Reglamento de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato en materia de Consejos Consultivos Ambientales; 6 y 7, fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial; 18 y 19, fracción XVII del Reglamento Interior de la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial del Estado de Guanajuato; y Sexto Transitorio del Decreto Legislativo número 341, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado número 190, décima tercera parte, de fecha 21 de septiembre del 2018, expiden la siguiente:

Primero. Objeto:

La presente Convocatoria tiene por objeto convocar a las personas ciudadanas, instituciones, organismos y organizaciones de reconocido prestigio dentro de los sectores social y privado, a que presenten candidatura como representante de sector, para formar parte del Consejo Consultivo Ambiental del Estado de Guanajuato, que fungirá como órgano encargado de brindar asesoría y consulta técnica a las autoridades ambientales estatales en acciones de prevención y mejoramiento del ambiente; preservación, protección, conservación, restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales; así como emitir opiniones y propuestas en la formulación, ejecución, evaluación, vigilancia y promoción de políticas públicas estatales ambientales.

Segundo. Sectores:

Los sectores a representar en el Consejo Consultivo Ambiental son:

  1. Investigación
  2. Educación básica, media superior y superior.
  3. Organismos colegiados de profesionistas.
  4. Organizaciones sociales obreras.
  5. Organizaciones sociales agropecuarias.
  6. Organizaciones empresariales.
  7. Organizaciones ambientalistas no gubernamentales.
  8. Habitantes de las áreas naturales protegidas.

Tercero. Perfil y requisitos:

Las personas interesadas o propuestas por instituciones, organismos y organizaciones de los sectores, a que se refiere el numeral segundo de la presente Convocatoria, deberán contar con reconocido prestigio científico, técnico, académico o social en materia de prevención y mejoramiento del ambiente; preservación, protección, conservación, restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales; e impulso en el desarrollo sustentable; así como, cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Ser preferentemente de nacionalidad mexicana en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos. En caso de personas extranjeras, deberán contar con una residencia de por lo menos tres años en el Estado.
  2. No contar con antecedentes penales.
  3. Tener su residencia en el estado de Guanajuato.
  4. Ser propuestas por instituciones, organismos y organizaciones del sector correspondiente, con el objeto de garantizar una representación equilibrada, las cuales deberán tomar en consideración aspectos que denoten el prestigio dentro del sector, con excepción de los habitantes de las áreas naturales protegidas.

Las instituciones, organismos y organizaciones de los sectores, a que se refiere el numeral segundo de la presente Convocatoria, que realicen propuestas para representantes deberán:

  1. Emitir carta de exposición de motivos que sustente su proposición
  2. Contar con carta de aceptación de la persona propuesta con los motivos por los cuales es de su interés participar como consejera ciudadana.

Cuarto. Registro:

El registro de los aspirantes se realizará a través del portal https://smaot.guanajuato.gob.mx/sitio/registro-cca/, durante los diez días hábiles siguientes a la publicación de la presente Convocatoria en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en un diario de mayor circulación en la entidad, y adjuntará lo siguiente:

  1. Currículum vitae con fotografía suscrito por la persona interesada o propuesta.
  2. Documentación con validez necesaria para avalar la preparación académica, experiencia y perfil requerido.
  3. Identificación oficial con fotografía.
  4. Comprobante de domicilio.
  5. Constancia de no antecedentes penales.
  6. Forma migratoria correspondiente que acredite la legal estancia en el país, en el caso de personas extranjeras.
  7. Carta de exposición de motivos que sustente su proposición.
  8. Carta de aceptación de la persona propuesta con los motivos por los cuales es de su interés participar como consejera ciudadana.

Si tienes cuenta con base de google o gmail, ingresa a la siguiente liga para el registro

Registro Consejo Consultivo Ambiental

En caso contrario favor de enviar la documentacion al siguiente correo

mgramirezr@guanajuato.gob.mx

Quinto. Integración:

El Consejo Consultivo Ambiental Estatal se integrará con la representación de tres personas por sector, con un máximo de veinticuatro consejerías propietarias, las cuales deberán designar a su suplente.

Sexto. Elección y fallo:

La elección de las veinticuatro personas consejeras propietarias se realizará por la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial y la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial del Estado de Guanajuato procurando que los sectores del numeral segundo de la presente Convocatoria, representen las cuatro áreas geográficas existentes en el Estado, conforme a lo estipulado en la Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato y su reglamento; y emitirán el fallo dentro de los diez días naturales siguientes de cerrado el plazo para la recepción de propuestas.

Séptimo. Carácter y duración del cargo:

El cargo de las personas consejeras será honorífico, por lo que no recibirán retribución, compensación o emolumento alguno por su desempeño; tendrá una duración de tres años y podrán ser ratificados por un periodo igual, previo acuerdo entre la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial y la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial del Estado de Guanajuato.

Octavo. Resultados y nombramientos:

La titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial notificará mediante oficio a las personas que hayan sido electas, haciéndoles saber tal situación; y suscribirá los nombramientos correspondientes. Los resultados se publicarán en las páginas web de la Secretaria de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial https://smaot.guanajuato.gob.mx/sitio y de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial https://paot.guanajuato.gob.mx.



María Isabel Ortiz Mantilla
Secretaria de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial

Karina Padilla Ávila
Procuradora Ambiental y de Ordenamiento Territorial